DERECHO, TRABAJO Y EXCLUSIÓN: de la Reforma de 1979 al DNU 70/2023
por Agostina Colaneri*
El derecho laboral no opera sólo como un conjunto de normas, sino como un lenguaje que define pertenencias y exclusiones. Entre la reforma impulsada por la dictadura de 1976 y el DNU 70/2023 se traza una continuidad discursiva: en nombre del trabajo, la productividad y el orden, se reorganizan las relaciones laborales, se debilita la acción colectiva y se redefine quiénes forman parte del pueblo legítimo.
Ensayo - Por Agostina Colaneri
5 de febrero, 2026
El siguiente ensayo analiza el derecho como discurso, no sólo como un sistema normativo, sino como un dispositivo productor de sentido que organiza relaciones de poder y legitima intereses económicos y políticos. Desde esta perspectiva, se propone un paralelismo entre la última dictadura cívico-eclesiástico-militar y el actual gobierno de Javier Milei, especialmente en materia de política laboral.
Para ello resulta útil la noción de falso reconocimiento totalitario (Žižek, 2003). En los regímenes totalitarios, el soberano se presenta como expresión directa de la voluntad popular: el pueblo es soberano, pero solo existe en tanto el dirigente lo nombra y lo representa. Se produce así una circularidad excluyente en la cual quien no es reconocido como parte del pueblo queda automáticamente fuera de la comunidad política legítima. A diferencia de la democracia —donde el poder es un lugar vacío que se ocupa de modo contingente—, estos gobiernos afirman representar “al verdadero pueblo”, reduciéndolo a una porción homogénea, los “argentinos de bien”.
Este mecanismo se cristaliza en el lenguaje. Términos como “subversivo” o “enemigo interno” durante la dictadura, y “parásitos”, “ensobrados” o “feminazis” en la actualidad, no son simples insultos, sino actos performativos que expulsan simbólicamente a determinados sujetos del orden social. La llamada “batalla cultural”, – un concepto erigido originalmente por Gramsci, hoy deformado por las nuevas derechas– reivindicada explícitamente por el Presidente, expresa esta disputa por la hegemonía simbólica: antes que transformar las leyes, se busca reordenar el sentido común que las legitima.
El derecho, inserto en ese campo simbólico, opera como herramienta de exclusión. Siguiendo a Agamben (2005), la norma contiene siempre la posibilidad de su suspensión, lo que llama el estado de excepción. En la dictadura, el trabajador estaba formalmente protegido por la Ley de Contrato de Trabajo, pero en los hechos quedaba desprovisto de garantías efectivas. En el presente, el DNU 70/2023 reproduce esa lógica de “inclusión por exclusión” mediante la flexibilización laboral.
En ambos períodos el discurso del gobierno es similar, la flexibilización sería la única salida para repuntar los índices de trabajo en el país.
En el período de la dictadura se hablaba fundamentalmente de competitividad y producción, y de la defensa de la seguridad industrial. Por su parte, el presidente actual ha dicho: “(...)no van a titubear en oponerse a todo lo que intentemos, sin importar cuánto los argentinos de bien necesiten y demanden esos cambios. (...) A pesar de que está claro que la única forma de que haya más y mejor trabajo es con más y mejores empresas, y para que haya más y mejores empresas, contratar tiene que ser una opción viable, no un acto de caridad. Aun así, se oponen. Están dispuestos a perjudicar a los millones de trabajadores argentinos con tal de ver fracasar al gobierno”.
El decreto deroga sanciones por registración defectuosa, debilita la presunción de relación laboral (art. 23 LCT), habilita acuerdos de extinción y limita el principio general in dubio pro operario –que establece la presunción del derecho a favor del trabajador ante una duda razonable en la interpretación de una norma o valoración de pruebas–. Además, amplía la categoría de “servicios esenciales”, restringiendo el derecho de huelga. Todo ello se justifica bajo un discurso reiterado en el cual la flexibilización sería la única vía para generar empleo, del mismo modo que en la dictadura se invocaba la productividad y la seguridad industrial.
A esta altura, resulta clave pensar en qué lugar ocupan los sindicatos como actores en esta lucha por construir significado. Tanto en 1976 como en 2025, el sindicalismo aparece no sólo como sujeto de resistencia material, sino como portador de un lenguaje alternativo capaz de disputar la hegemonía simbólica. La dictadura los disolvió, intervino sus sedes y desapareció a sus delegados, mientras que el actual gobierno los criminaliza discursivamente como “mafias” y busca deslegitimarlos ante la sociedad (algo muy similar a lo que ocurre con la lucha estudiantil y docente; cuestión que no es pertinente profundizar aquí pero que vale la pena reflexionar).
Esta ofensiva revela que el núcleo del conflicto está en la capacidad del trabajo organizado para producir otra narración del pueblo y del bien común.
Lo que se deteriora en el afianzamiento de la lógica individualista del neoliberalismo es el valor del interés colectivo, motor de la lucha social organizada. Esa es la mayor amenaza que representan los movimientos gremiales y sindicales al poder político: la potencia de imaginar una comunidad que no se reduce al cálculo individual del beneficio; que está dispuesta a sacrificar intereses personales por un interés colectivo mayor, superador, plausible de oponer una contra-violencia fundadora de derecho.
La lógica simbólica de estos gobiernos enmascara algo detrás, y es que aquella pretendida des-regulación, es en verdad una efectiva regulación que responde a intereses particulares; y que sólo puede ser sostenida mediante la violencia y un gran aparato discursivo que subvierta el valor de los actores laborales. Es decir, sólo si el obrero es un “parásito” o un “peligro a la seguridad industrial” por exigir determinados derechos; si se afirma que los empresarios requieren un marco en el que sea más fácil, más rentable y más cómodo emplear trabajadores; y si la existencia de una ley que regula positivamente el trabajo se construye como un obstáculo letal para la productividad —al punto de configurar un supuesto de necesidad y urgencia o una reforma estructural de facto—, es posible poner en marcha el nuevo ordenamiento.
Pensar el derecho, y en particular el derecho laboral, como discurso y dispositivo de poder implica reconocer que detrás de cada norma se juega algo más que la técnica jurídica en la medida en que se disputa quiénes somos como comunidad, qué lugar ocupamos dentro de las fuerzas de producción y quiénes quedan fuera de esa definición.
La dictadura del ‘76 y el gobierno actual de Javier Milei, en registros distintos, comparten una lógica funcional al mismo objetivo, que es fundar un nuevo orden desde la violencia y sostenerlo mediante exclusiones simbólicas y materiales.
Lo verdaderamente decisivo está en advertir lo que hay en juego hoy: si el derecho se convierte en un medio para legitimar este reordenamiento de las fuerzas productivas de trabajo y a quienes resisten contra ella, lo que se erosiona no son solo derechos laborales, sino las condiciones mismas de la vida democrática.
Agostina Colaneri es estudiante de Derecho (UBA). Interesada en el análisis crítico del derecho y su cruce con lo social y lo político. Escribe para interrogar aquello que el lenguaje jurídico naturaliza y para poner en tensión sus propias certezas.
Notas relacionadas
CUANDO EL FUEGO NO ES NOTICIA: las responsabilidades políticas detrás de incendios en Chubut
Miles de árboles quemados, un humo negro que lo cubre todo y rostros de desesperación. Las imágenes se renuevan año a año, amenazando con inmunizar nuestro dolor. Sin embargo, no hemos de perder de vista los intereses económicos y políticos que se esconden tras la desidia estatal.
POR QUÉ LA IA DEBILITA LA DEMOCRACIA Y QUÉ HACER AL RESPECTO
En un contexto convulsionado para las sociedades democráticas, el autor alerta sobre los riesgos que implica que la concepción y utilización de la IA no se encuentren motivadas a fomentar y fortalecer la democracia y al desarrollo de una verdadera tecnología de la comunicación, en el sentido republicano e ilustrado de la palabra.
EL ODIO Y EL MIEDO SE NOMBRAN: crímenes de odio contra la comunidad LGBT
Caminar por la calle no significa lo mismo para todos los cuerpos. Dos ataques separados por kilómetros, unidos por la misma violencia. Los casos de Mar Verdún y Samuel Tobares exponen cómo el espacio público es cada día más hostil para la comunidad LGBT en la Argentina.